Condenaron al exintendente de Deán Funes por la matanza de 211 perros con veneno
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba ratificó la sentencia contra Germán Facchín, condenado a cuatro años de prisión como instigador del envenenamiento masivo ocurrido en 2013. También quedaron confirmadas las penas contra cinco empleados municipales. La defensa todavía puede intentar llegar a la Corte Suprema.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba confirmó la condena contra Germán Facchín, exintendente de Deán Funes, por la matanza de 211 perros mediante la utilización de veneno, ocurrida durante la madrugada del 28 de abril de 2013.
Facchín había sido condenado por la Cámara Octava del Crimen de Córdoba a cuatro años de prisión, al ser considerado instigador del episodio. La decisión del máximo tribunal provincial ratificó ahora aquella sentencia y dejó la pena más cerca de quedar en condiciones de ser ejecutada.
También fueron confirmadas las condenas contra cinco empleados municipales: Diego Oscar Allendes, Juan Santos Márquez, Darío Mercedes Palomeque, Pablo Daniel Palomeque y Roque Enrique Quinteros Nievas, quienes recibieron penas de tres años de prisión en suspenso.
Albóndigas con veneno y 211 perros muertos
El caso se remonta a la madrugada del 28 de abril de 2013, cuando, según se estableció durante el proceso judicial, empleados municipales distribuyeron albóndigas de carne que contenían veneno en distintos sectores de Deán Funes.
Como consecuencia de aquella acción murieron 211 perros. Durante el juicio, la magnitud del episodio y la simultaneidad con la que se habría desplegado el operativo fueron consideradas elementos relevantes para determinar que se trató de una acción organizada.

Entre las pruebas evaluadas aparecieron la utilización de vehículos oficiales, la intervención de inspectores municipales, testimonios relacionados con la organización del personal y otros elementos que fueron analizados de manera conjunta.
En el caso de Facchín, el tribunal sostuvo que su posición dentro de la estructura municipal le permitía disponer de personal y medios materiales, mientras que los inspectores involucrados dependían funcionalmente del área que estaba bajo su conducción.
La defensa cuestionó distintos elementos utilizados para fundamentar la acusación, entre ellos los horarios, la identificación de los involucrados, los vehículos utilizados, los testimonios y la manipulación del veneno. También planteó la posible intervención de otros vehículos durante aquella madrugada.
Tras conocerse la resolución, el abogado querellante Pedro Despouy sostuvo que el caso no se limitó a la muerte de los perros.
Según explicó, durante aquel episodio también murieron otros animales y un niño sufrió una intoxicación que obligó a trasladarlo de urgencia a Córdoba, por lo que remarcó que la situación también habría representado un riesgo para la salud pública.
Facchín atravesó el juicio en libertad y se dispuso que permaneciera en esa condición mientras la condena no estuviera firme.
Con la confirmación del Tribunal Superior de Justicia existe ahora un “doble conforme”: la condena dictada por el tribunal de juicio fue revisada y ratificada por el máximo órgano judicial de Córdoba.
Sin embargo, todavía quedan instancias posibles. La defensa puede intentar presentar un recurso extraordinario federal para llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, ante un eventual rechazo, recurrir mediante una queja.
De acuerdo con la información conocida sobre el expediente, esa eventual queja no tendría efecto suspensivo. En ese escenario, la Cámara Octava podría quedar en condiciones de ejecutar la condena de cuatro años y disponer el ingreso de Facchín a prisión, mientras continúa la discusión ante la Justicia nacional.
A más de 13 años de aquella madrugada en Deán Funes, la causa por el envenenamiento masivo de animales entra así en una instancia decisiva.




