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El hostigamiento por deudas también tiene límites: qué pueden hacer los morosos ante las empresas de cobranza

7 ago
2 min de lectura

En medio del aumento de la morosidad en Argentina, especialistas advierten que las empresas de cobranza no pueden intimidar, acosar ni involucrar a familiares para exigir el pago de una deuda. Qué dice la ley y cómo denunciar estas prácticas.


La creciente morosidad en la Argentina abrió otro frente de conflicto que afecta a miles de personas: el hostigamiento por parte de empresas y estudios dedicados a la gestión de cobranzas. En un contexto económico complejo, especialistas recuerdan que tener una deuda no implica perder los derechos como consumidor y que existen mecanismos legales para denunciar abusos.


Entre las prácticas que la legislación prohíbe se encuentran las llamadas insistentes a cualquier hora, los mensajes intimidatorios por WhatsApp, el contacto con familiares o amigos para reclamar una deuda y la divulgación de información financiera del deudor. Estas conductas vulneran el derecho al trato digno previsto en la Ley de Defensa del Consumidor.


En su análisis el periodista Ezequiel Melano abordó está problematica y detalló la perspectiva legal del abogado Rafael Luena que explica puntualmente que hacer en estos casos. Quienes sufran este tipo de situaciones deben reunir todas las pruebas posibles: capturas de pantalla, registros de llamadas, correos electrónicos y cualquier otra evidencia del hostigamiento. Esa documentación resulta fundamental para respaldar una denuncia formal.

La presentación puede realizarse de manera gratuita a través de la Ventanilla Federal Única de Defensa del Consumidor, ingresando a la página de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor. Allí, el afectado debe identificar a la empresa denunciada, describir lo ocurrido y adjuntar las pruebas disponibles. Posteriormente, el caso pasa a una instancia de conciliación virtual y, si no hay acuerdo, la autoridad puede aplicar sanciones económicas a la empresa responsable.


El tema cobra mayor relevancia en un escenario de fuerte deterioro financiero de los hogares. Según los datos expuestos durante el informe televisivo, cerca del 40% de las deudas corresponde a tarjetas de crédito, mientras que también crecen los préstamos personales, los créditos para electrodomésticos y las obligaciones con financieras y billeteras virtuales.

Además, la morosidad en tarjetas alcanzó niveles comparables con los registrados durante la crisis de 2001-2002, afectando especialmente a jóvenes, jubilados y personas que perdieron su empleo.


Más allá de la obligación de cumplir con las deudas, los especialistas remarcan que ninguna empresa está habilitada para utilizar métodos intimidatorios para exigir el pago. La legislación protege a los consumidores frente a este tipo de abusos y prevé sanciones para quienes incumplan esas normas.


 
 

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